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    Suspenden sin goce de sueldo a una enfermera del Hospital que trabajaba en Sadiv con licencia médica

    La empleada municipal tenía certificado médico y no iba a trabajar a la Guardia, pero fue vista cumpliendo tareas en el Hospital privado Sadiv. La suspendieron por 30 días sin goce de haberes mientras se sustancia el sumario, que todo indica tendrá destino de despido.

    19 de febrero de 2025 - 11:30
    La enfermera sumariada se desempeñaba en la Guardia de Emergencias.
    La enfermera sumariada se desempeñaba en la Guardia de Emergencias.

    El Gobierno suspendió por 30 días sin goce de haberes mientras se sustancia el sumario en su contra a una empleada municipal que tenía licencia médica pero estaba trabajando en otro lugar.

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    La trabajadora es enfermera del Hospital y se desempeña en el Servicio de Emergencias Médicas de la Guardia general. Estaba con certificado médico, pero la vieron desempeñándose en otro lado.

    A raíz de una fascitis plantar, le habían otorgado licencia por enfermedad por 10 días. Sin embargo, mientras tenía que estar de reposo porque no podía trabajar, se la vio atendiendo en el Hospital privado Sadiv, trabajando como enfermera.

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    La licencia había entrado el 18 de diciembre pasado. El 20, la vieron en el otro efector de salud cumpliendo tareas profesionales y la denunciaron. Rápidamente, se instruyó el presumario, se citaron testigos y comenzó el proceso.

    Ahora, a principios de febrero, la Secretaría de Salud firmó el decreto tras el dictamen de la Subsecretaría Legal y Técnica que aconseja el inicio del sumario con suspensión preventiva.

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    Así, la empleada municipal fue suspendida por 30 días sin goce de haberes y todo indica que al final de ese período, cuando haya que establecer la sanción que le corresponda, sea despedida por considerarse lo ocurrido como una falta grave.

    La imputación es por "inconducta notoria" y por perjudicar materialmente a la Administración Pública municipal, puesto que los trabajadores "deben cumplir estricta e ineludiblemente" las obligaciones de "prestar los servicios en forma regular y continua dentro del horario general especial o extraordinario que se determine, con toda su capacidad, dedicación y contracción al trabajo".

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