Rige la veda electoral: cuáles son las prohibiciones para los partidos y ciudadanos
Desde este viernes a las 8 el Código Nacional Electoral prevé restricciones. Terminó la campaña proselitista. Qué sucederá con los comercios y con la venta de bebidas alcohólicas. Existen sanciones con multas que podrían llegar los 100 mil pesos.
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La veda electoral en la provincia de Buenos Aires rige desde este viernes 5 de septiembre a las 8.00 y se extenderá hasta el domingo a las 21.00.
Este período, conforme al Código Electoral, establece una serie de pautas que deben ser respetadas tanto por los partidos políticos como por los ciudadanos.
Durante la veda, está prohibido llevar a cabo actos públicos relacionados con el proselitismo electoral, así como la difusión de encuestas, el reparto de boletas y la publicidad en medios de comunicación.
El día de las elecciones se impondrán restricciones adicionales. Desde el comienzo del proceso electoral hasta tres horas después del cierre de la votación, no se permitirán espectáculos populares, ya sean al aire libre o en espacios cerrados; ni fiestas teatrales, deportivas o cualquier reunión pública que no esté relacionada con el evento electoral.
La venta de bebidas alcohólicas está prohibida a partir del sábado a las 20.00 y durante un lapso de 24 horas, es decir hasta a las 20.00 del domingo.
Asimismo, se prohíbe portar armas, utilizar banderas o distintivos y realizar manifestaciones proselitistas en la vía pública.
Las sanciones para los comercios que incumplan normativamente esta van de uno a seis meses de prisión, sujetas a la verificación de la Justicia Electoral.
Los ciudadanos que transgredan la veda se enfrentarán a multas que oscilan entre 10.000 y 100.000 pesos.

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