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    Provincia retendrá Ingresos Brutos en Cuenta DNI y todas las billeteras virtuales

    La normativa ya existía, pero no se aplicaba en la provincia de Buenos Aires. Desde octubre entrará en vigencia. Arba hará el descuento. La alícuota será entre 0,1 y 5 por ciento.

    10 de septiembre de 2025 - 12:00
    A partir de octubre Cuenta DNI pagará el impuesto Ingresos Brutos por los consumos.
    A partir de octubre Cuenta DNI pagará el impuesto Ingresos Brutos por los consumos.

    A partir de octubre, el Gobierno provicnial implementará una modificación significativa en el régimen de recaudación de Ingresos Brutos que afecta a las billeteras virtuales, como Cuenta DNI.

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    Esta nueva normativa establece que deberán retener el impuesto correspondiente en las operaciones realizadas por sus usuarios, alineándose así con el tratamiento fiscal que ya se aplica a las entidades bancarias tradicionales.

    El mecanismo propuesto es similar al Sistema de Recaudación y Control de Acreditaciones Bancarias (SIRCREB), que permite a las provincias realizar una recaudación automática sobre las transferencias que reciben.

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    Después de las elecciones del domingo 7, surgió una medida que podría haberse aplicado con antelación y que comenzará a regir desde el mes que viene, antes de los comicios nacionales.

    Ahora los contribuyentes bonaerenses experimentarán retenciones de Ingresos Brutos en diversos escenarios. 

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    Comprende nuevos contribuyentes que, hasta ahora, no han tenido retenciones en sus billeteras digitales y que están registradas en el padrón de Buenos Aires

    De la misma manera, a aquellos que operan en varias jurisdicciones y que tributarán en la provincia con un porcentaje incrementado.

    También a los contribuyentes inscriptos en el convenio multilateral que operan dentro de la provincia y en distritos no adheridos al Sistema Informático de Recaudación y Control de Acreditaciones en Cuentas de Pago (SIRCUPA), como la Ciudad Autónoma de Buenos Aires (CABA).

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    Las alícuotas que se aplicarán variarán entre el 0,1 % y el 5 %, dependiendo de la actividad económica declarada, y se retendrán fondos, incluso, en las transferencias efectuadas entre cuentas del mismo titular.

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