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    No hay trabajo o no hay trabajadores: cómo acceder a los planes de la Oficina de Empleo

    Existen propuestas que facilitan la formación y el empleo de quienes se encuentran afuera del sistema laboral. También cuenta con beneficios para el empleador, quien percibe un subsidio por cada trabajador que incorpora. Son los Programa de Inserción Laboral (PIL) y el Programa Entrenamiento para el Trabajo (EPT).

    29 de octubre de 2025 - 11:00
    El Programa Fomentar Empleo está destinado a personas desocupadas.
    El Programa Fomentar Empleo está destinado a personas desocupadas.

    Lorena Ludueña, titular de la Oficina de Empleo de San Pedro, lanzó una invitación a quienes son empleadores para que conozcan los programas que pueden resultar beneficiosos para las empresas y para aquellas personas que buscan un puesto laboral.

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    Con esto aludió a la inserción o, al menos, a la posibilidad de obtener una capacitación para quienes buscan trabajo.

    Ludueña explicó en Sin Galera que la demanda de personal “se concentra en áreas como la atención al público, pero también existe una necesidad creciente de perfiles técnicos, incluyendo químicos y mecánicos”.

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    Para mejorar la empleabilidad de los sampedrinos, “la oficina ofrece diversas oportunidades de capacitación gratuita, destacándose las propuestas nacionales como el Programa de Inserción Laboral (PIL) y el Programa Entrenamiento para el Trabajo (EPT)".

    Estos están enmarcados dentro del Programa Fomentar Empleo, destinado a personas desocupadas.

    A éstos pueden acceder los siguientes grupos:

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    *Jóvenes de 18 a 24 años con hasta secundario completo, con o sin hijos.

    *Mujeres de 25 a 59 años con menores a cargo.

    *Varones de 45 a 64 años con menores a cargo.

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    Los requisitos generales son:

    *Estar registrados en el portal oficial del Programa Fomentar Empleo.

    *Estar desocupados (sin empleo registrado).

    *No percibir planes sociales (excepto Asignación Universal por Hijo o Progresar).

    *No estar cursando estudios de nivel superior (terciario o universitario).

    *No haber trabajado en relación de dependencia en los últimos seis meses.

    *No tener vínculo de parentesco con la persona titular de la empresa o comercio donde se realizará el proyecto (por ejemplo: madre, padre, hijo, pareja, hermanos, etc.)

    En el caso del PIL, se trata de una herramienta que ayuda a las empresas/comercios a incorporar personal mediante una ayuda económica que se descuenta del salario acordado con el trabajador, junto con la reducción de cargas patronales.

    Cuáles son los beneficios para los empleadores:

    *Reducción de contribuciones patronales según modalidad de contratación: 100 % en contrataciones de jornada completa. 50 % en contrataciones de jornada parcial.

    *Ayuda económica mensual a cargo de la Secretaría de Trabajo, Empleo y Seguridad Social, que las empresas podrán descontar del salario que les corresponde abonar de acuerdo al Convenio Colectivo de Trabajo.

    Trabajadores rurales
    El Programa Fomentar Empleo contempla el trabajo agrario durante el primer ciclo o temporada.

    El plazo de duración del beneficio es:

    *Contrataciones por tiempo indeterminado: los primeros doce meses contados a partir del mes de inicio de la nueva relación laboral.

    *Contrataciones a plazo fijo: el PIL aplica los primeros seis meses contados a partir del mes de inicio de la nueva relación laboral.

    *Contratos de trabajo agrario temporarios y permanentes de prestación discontinua: durante el primer ciclo o temporada.

    El aporte de la Secretaría de Trabajo de la Nación varía según la dotación de personal de la empresa, la jornada laboral y el género de los trabajadores contratados.

    En los casos de contratación a tiempo completo, hasta cinco empleados, se paga $ 52.000 por trabajadora mujeres y personas no binarias. Por cada varón $ 47.000.

    Si la contratación es por tiempo parcial, hasta cinco empleados, se abona $ 22.000 por trabajadora mujeres y personas no binarias. Por cada varón $ 20.000.

    Existen otros montos en caso de ser más elevado el número de empleados.

    Respecto al EPT, es un programa entrenamiento, que posibilita incorporar personal y contribuir a su formación.

    Las características son:

    *Los entrenamientos se desarrollan de lunes a viernes, cuatro horas diarias, y tienen una duración máxima de hasta seis meses.

    *Los participantes percibirán una ayuda económica no remunerativa mensual de $ 190.000, aportada por el Ministerio.

    *La empresa solo abona la diferencia que acuerde con cada uno.

    *El beneficio no genera relación laboral mientras dure el entrenamiento.

    *El monto será depositado en una cuenta bancaria del Banco Nación, creada especialmente para tal fin, y se descuenta del salario acordado.

    *La empresa únicamente deberá garantizar la cobertura de ART y Programa Médico Obligatorio (PMO) durante el período de entrenamiento.

    Desde la Oficina, Ludueña resaltó la importancia de los esquemas, que resulta ser un paliativo temporario. Para La Opinión & Sin Galera es una contribución para mejorar las relaciones laborales ante la demanda existente.

     

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