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    “No hay patentes”: cuál es el permiso para circular en un auto o moto 0 km sin patentar

    En el país nadie fabrica, pero para cubrir la falencia el Gobierno dispuso prolongar la vigencia del permiso provisorio, que lo entregan las agencias de venta de autos o motos. Su validez pasó de 7 a 30 días, por el momento. Una disposición que debe llegar al conocimiento de todos.

    15 de enero de 2025 - 18:53
    Hace varias semanas que no hay chapas patentes en disponibilidad en los Registros del Automotor.
    Hace varias semanas que no hay chapas patentes en disponibilidad en los Registros del Automotor.|PH: Agencia

    El episodio ocurrido en diciembre durante un operativo de control de tránsito, donde al presidente del Aero Club, Eduardo Génova, se le incautó una moto 0 km sin la chapa patente, dejó abierto el interrogante sobre el conocimiento que debe existir respecto a las últimas disposiciones que atienden a este tema.

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    Génova, en el momento de ser interceptado, tenía toda la documentación reglamentaria, más el casco. Pero su moto carecía del dominio, que nunca le llegó. A cambio, la agencia que le vendió el rodado le otorgó una autorización temporaria.

    ¿Es válido? La Ley de Tránsito 24.449 indica que es requisito obligatorio para circular que los vehículos cuenten con las placas de identificación de dominio “con las características y en los lugares indicados, legibles y sin ningún tipo de aditamentos”. De no contar con ellas, se considera una “falta grave”.

    Pero, en las últimas semanas, en la Argentina se acrecienta la escasez de las chapas porque ya no son fabricadas por la Casa de la Moneda, y no existe, por el momento, ninguna empresa que la remplace.

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    operativo de tránsito mitre y san martín
    La Dirección de Tránsito sabe que es reglamentario poseer la chapa patente, pero en esta días hay excepciones para los 0 Km.

    En su lugar, se adoptaron disposiciones. El Registro Nacional de la Propiedad del Automotor ya había otorgado un plazo para circular con los “permisos de circulación provisorios” para motovehículos, y ahora lo extendió a través de la Disposición 178/2024.

    “Hasta tanto se regularice la provisión de los elementos registrales ‘Nuevo modelo de Placas Metálicas de Identificación de Motovehículos’ y ‘Placas de identificación alternativa para motovehículos’, los Permisos de Circulación para motovehículos tendrán una vigencia de 30 días corridos a partir de su emisión”, reza la disposición.

    Estos permisos temporarios son “otorgados por los comerciantes con el objeto de evitar la entrega de motovehículos sin inscribir a los compradores”, y de esta manera permitir que la autorización de 7 días corridos pase a 30 días.

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    ¿Qué pasa con la fabricación de las patentes? No existe y, por lo tanto, no se puede cumplir con la obligación antes de que venza el plazo del permiso provisorio. "Hasta tanto se proceda a la implementación del nuevo procedimiento de adquisición de esos elementos registrales, se entiende necesario adoptar medidas paliativas tendientes a minimizar los efectos generados por el eventual desabastecimiento de ese elemento registral”, expresa la disposición.

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