La Justicia consideró "abusiva" la conducta de los UTOI que obligaron a un joven a hacer flexiones de brazos
La jueza Díaz Bancalari hizo lugar al hábeas corpus interpuesto por la Defensoría Oficial para evitar que el joven sea víctima de represalias tras denunciar lo ocurrido. En el fallo, la magistrada tuvo en cuenta el video que publicó La Opinión.
La Justicia hizo lugar al hábeas corpus interpuesto por el caso de los agentes de UTOI que obligaron a un joven a hacer flexiones de brazos en el marco de un control en la vía pública y consideró la conducta como “abusiva” respecto de las atribuciones que tiene la policía.
Tras la audiencia que tuvo lugar el lunes, en la que el joven de 18 años víctima de la situación repasó lo ocurrido, y con el video que difundió La Opinión, la jueza Luciana Díaz Bancalri, del Juzgado Correccional 3, dictó la resolución.
La magistrada recordó que la normativa vigente establece que la policía debe actuar “de forma que no perjudique al detenido en su integridad física, honor, dignidad y patrimonio”.
Consideró que “lejos de ser preventivas”, las conductas registradas en el caso encajan en aquellas que “provocan un real estado de perturbación, amenaza o temor en la pérdida de la libertad personal o ambulatoria”.
Ello implica que lo que hicieron los agentes de UTOI no se ajustó a los principios y procedimientos básicos de la profesión policial, que implican la necesidad de evitar “todo tipo de actuación abusiva, arbitraria o discriminatoria que entrañe violencia física o moral contra las personas”.
Además, destacó que la policía tiene obligaciones de “responsabilidad y ética profesional” que implican “respeto a la comunidad, imparcialidad e igualdad en el cumplimiento de la ley” y que deben proteger, con su actuación, los derechos fundamentales de las personas.
“Toda intervención en los derechos de los requeridos por su accionar debe ser moderada, gradual y necesaria para evitar un mal mayor a bienes o derechos propios o de terceros, o para restablecer la situación de seguridad pública”, advirtó la jueza.
Así, Díaz Bancalari hizo lugar al hábeas corpus preventivo que interpuso el defensor oficial Joaquín Castro en representación de la familia del joven de 18 años víctima del acccionar abusivo de los agentes de UTOI, “al advertirse tal amenaza cierta y objetiva a la libertad personal del beneficiario de la acción”.
Ordenó a la Jefatura de la Policía Departamental que adopte “los recaudos pertinentes para que personal policial, especialmente de la UTOI (Unidad Táctica de Operaciones Inmediatas), se abstenga de desplegar comportamientos que afecten o restrinjan, de modo ilegítimo, la libertad personal” del joven.
Todo ello, claro está, siempre y cuando no exista una razón legal que lo justifique, “en cuyo caso se deberán labrar actuaciones pertinentes y elevar a la autoridad judicial que corresponda”.
En la denuncia y durante la audiencia en el Juzgado, el joven relató que caminaba de regreso de su trabajo junto a su novia y su cuñada cuando los agentes de UTOI, que estaban en un operativo de interceptación de motocicletas, lo pararon para identificarlo.
A las chicas les dijeron que se vayan y a él le preguntaro nombre y apellido, sin requerirle el DNI, y le ordenaron hacer 20 flexiones de brazos bajo amenazas de trasladarlo a la Comisaría, en medio de burlas, risas, tirones de pelo y golpes.
Eran cinco agentes varones y una mujer, indicó, quienes también son investigados por la Auditoría General de Asuntos Internos luego de que la Dirección de Políticas contra la Violencia Institucional del Gobierno provincial informara del caso al Ministerio de Seguridad.
Parte de la escena fue registrada en un video por vecinos de la zona, filmación que reveló La Opinión en una publicación que fue tenida en cuenta por el Juzgado Correccional para resolver el hábeas corpus a favor del joven.

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