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    Se acabó el “Registro Moyano” para el transporte de cargas: eliminan la LiNTI

    Los profesionales del volante dejarán de realizar el examen psicofísico y la capacitación, que demandaba varios días. Ahora será digital y gratuito. El Sindicato de Camioneros quedará marginado del denominado “Registro Moyano”.

    19 de septiembre de 2024 - 11:30
    Los camioneros ya no realizarán la LiNTI de manera presencial, será digital y gratuita.
    Los camioneros ya no realizarán la LiNTI de manera presencial, será digital y gratuita.

    Los camioneros ya no deberán acudir al Sindicato de Choferes de Camiones por la Licencia Nacional de Transporte Interjurisdiccional (LiNTI) para obtener el registro que los habilite para la conducción del transporte de cargas.

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    De esta manera, concluye uno de los trámites que el Sindicato de Camioneros había logrado imponer hace varios años, vinculante con el otorgamiento definitivo de la licencia. 

    Con esto, los profesionales del volante ya no perderán varios de días de trabajo, porque además del psicofísico y la capacitación, existía la demora para su aprobación.

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    El presidente de la Nación, Javier Milei, publicó la decisión en el Boletín Oficial. Se trata de un decreto que modifica la Ley Nº 24.653, cuya finalidad es “reducir la carga burocrática y eliminar barreras en el sector”, tema tedioso para los choferes y que abonaban de su bolsillo.

    De acuerdo a lo que reza la disposición, la medida entrará en vigencia dentro de 60 días. Desde entonces, se hará efectivo el Registro Único del Transporte Automotor (RUTA), que será gratuito y sin necesidad de presencialidad. La inscripción será digital. 

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    Ahora, “ninguna autoridad provincial o municipal podrá imponer requisitos adicionales a los transportistas que se encuentren bajo este régimen”, informaron.

    Otro dato saliente es a partir de qué kilaje se considera transporte automotor de cargas. Lo que antes eran 700 kilogramos, ahora serán desde los 3.500 kilogramos (por lo tanto, los utilitarios quedan exceptuados), y en cuanto a los acoplados o remolques, a partir de 750 kilogramos. Las casas rodantes, remolcadas o autopropulsadas, no tendrán límite de peso.

    La LiNTI era el único documento que habilitaba realizar el transporte interjurisdiccional de cargas o de pasajeros en el territorio nacional. Contaba con tres categorías: Cargas generales, Mercancías peligrosas y Transporte de pasajeros. 

    Para la licencia de conducir implicaba las categorías B, C, E (Cargas generales y/o mercancías peligrosas) y la D (Transporte de pasajeros).

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    Previamente, los requisitos indicaban que el chofer debía realizar el examen psicofísico (en nuestra zona acudían a la Obra Social de Conductores de Camiones, en San Nicolás), que una vez aprobado se incorporaba al sistema provincial de emisión de licencias de conducir, para luego recién proceder al resto del trámite en las oficinas del Municipio, de calle Mitre 1995.

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