Elecciones 2025: cuál es la sanción por no ir a votar y qué implicancias tiene
La obligación para ciudadanos entre 18 y 70 años. Para quienes no cumplen existen multas e inhibiciones para obtener determinada documentación. En estas elecciones habrá sanciones severas para quienes saquen fotos de la Boleta Única de Papel.
:format(webp):quality(40)/https://opinionsemanariocdn.eleco.com.ar/media/2025/09/san_pedro_vota_2025_placas_web_12.png)
El Código Nacional Electoral establece sanciones para quienes están a obligados a votar y no lo hacen este 26 de octubre. A partir de los 16 años están en condiciones de participar, siempre que figuren en el padrón electoral. En cambio, es obligatorio para aquellos que tienen entre 18 y 70 años.
Los ciudadanos que no votan deben justificar su ausencia. De no hacerlo, se verán obligados a afrontar multas y restricciones.
La penalización es económica y va desde $ 50 por faltar a una primera elección, hasta un máximo de $ 500 a nivel nacional, dependiendo del número de infracciones acumuladas.
Aunque estas multas pueden parecer simbólicas, tienen serias repercusiones, ya que los infractores serán registrados en el Registro de Infractores.
Esta inclusión implica limitaciones en trámites esenciales como la renovación del DNI, la obtención de pasaportes o gestiones previas, hasta que regularicen su situación.
Además, se destaca la penalización de los ciudadanos que tomen fotografías de su voto utilizando la Boleta Única. Aquellos que incurran en esta acción se enfrentarán a una multa de $ 77.000, según una resolución del Juzgado Federal n.°1 de La Plata, a cargo de Alejo Ramos Padilla.
El propósito es proteger la privacidad del sufragio y preservar la integridad del proceso electoral, evitando posibles irregularidades.

Para comentar, debés estar registradoPor favor, iniciá sesión