Donación con reserva de usufructo: la buena salud de tu inmueble
El abogado Javier Silva analiza la figura de la donación con reserva de usufructo. Los alcances y límites. La importancia del asesoramiento y el diálogo para conservar la armonía familiar y protege los bienes.
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*Por Javier Silva, abogado
Así como las personas necesitamos controles médicos periódicos para cuidar nuestra salud, los inmuebles también necesitan revisiones legales para mantenerse “sanos” y sin complicaciones futuras.
Una escritura bien hecha, un título en regla y una transmisión planificada pueden evitar años de conflictos familiares o problemas judiciales.
Y entre las herramientas más utilizadas para mantener esa “buena salud jurídica” está la donación con reserva de usufructo.
Una figura cada vez más usada
Muchas familias optan por donar sus propiedades en vida, reservándose el derecho de seguir viviendo o usando el bien mientras estén con vida.
Es lo que se conoce como donación con reserva de usufructo: el donante entrega la nuda propiedad (la titularidad), pero se queda con el usufructo, es decir, con el derecho a usarla o percibir sus rentas.
En palabras simples: “te paso la casa, pero sigo viviendo en ella”.
Se trata de una forma práctica de organizar la herencia y asegurar la continuidad familiar, sin perder el control del bien.
Los beneficios
1. Ordena la herencia en vida: permite definir cómo se repartirán los bienes, evitando conflictos.
2. Reduce tiempos y costos sucesorios: al estar la propiedad ya transferida, el trámite futuro es más sencillo.
3. Brinda tranquilidad: el donante conserva el derecho de uso y goce del bien mientras viva.
4. Aporta previsibilidad: las reglas quedan claras y documentadas, evitando disputas posteriores.
Así como mantener al día los impuestos evita dolores de cabeza, una donación bien asesorada fortalece la salud legal de tu propiedad
Pero atención:
No todas las donaciones son iguales ni todas las familias tienen la misma realidad.
Por eso, es clave entender los límites y las consecuencias legales antes de firmar.
1. No se puede donar todo
La ley protege la legítima hereditaria, que es la parte que corresponde sí o sí a los hijos y al cónyuge.
Si se dona más de lo permitido, la donación se considera inoficiosa y puede ser reclamada o reducida judicialmente por los herederos afectados.
En otras palabras, una mala planificación puede “enfermar” el título y generar futuros conflictos.
2. Las donaciones con usufructo se miran con lupa
Cuando un padre dona una casa a un hijo reservándose el usufructo, la ley presume que busca favorecerlo.
Por eso, esa donación debe imputarse a la porción disponible (la parte libre) y, si la excede, el exceso se colaciona con los demás herederos.
Es decir, se compensa para no perjudicar a nadie.
Diagnóstico legal: prevención antes que cura
Después de muchos años de ver casos en San Pedro y en los juzgados bonaerenses, puedo decir que las donaciones con usufructo funcionan muy bien si se hacen con equilibrio y transparencia.
Por eso, siempre aconsejo:
1. Consultar antes de firmar: un abogado o escribano puede analizar si la donación respeta la legítima y si conviene incluir reservas o condiciones.
2. Hablar con la familia: la claridad evita malentendidos futuros.
3. Dejar todo bien documentado: en la escritura deben constar expresamente la reserva del usufructo, el alcance de la donación y las voluntades del donante.
4. Pensar a largo plazo: la donación es irrevocable. Una vez hecha, no puede deshacerse salvo casos muy puntuales.
En conclusión
La donación con reserva de usufructo no es solo un trámite notarial, es una decisión patrimonial y familiar de gran importancia.
He visto cómo, cuando se hace con asesoramiento y diálogo, ayuda a conservar la armonía familiar y protege los bienes.
Pero también he visto cómo, sin ese cuidado, se convierte en el origen de conflictos que podrían haberse evitado con una buena consulta previa.
Planificar en vida no es un acto de desconfianza: es una muestra de responsabilidad y amor hacia los nuestros.

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