Arenera en El Tonelero: un fallo judicial seguido de cerca por los habitantes del Bajo Cementerio
Una organización de Ramallo planteó el daño ambiental que una arenera ocasionaba en la ribera del conocido paraje sobre el río Paraná. Un fallo condenó a la empresa a cancelar las operaciones y dejar el lugar en condiciones en el plazo de un año. Podrían utilizarla como antecedente para oponerse a la instalación de otra en San Pedro.
La agrupación Barrios Unidos celebró la reciente sentencia que condena a la empresa arenera Naviera Lojda S. A. por los daños ambientales causados en los humedales del paraje El Tonelero.
El fallo representa un logro tras más de diez años de lucha por parte de los vecinos y organizaciones de Ramallo. Un antecedente importante para quienes resistieron la instalación de una empresa en los terrenos de Indalar linderos al puerto.
La Justicia reconoció la destrucción ambiental provocada por la empresa y ordenó la recomposición del ecosistema afectado.
“En el barrio Cementerio de San Pedro también resistimos ante el avance de una arenera. No sólo han devastado parte de la costa y afectado los humedales, sino que sufrimos consecuencias directas y cotidianas: la arena vuela y entra a nuestras casas cada vez que hay viento; se vuelve imposible respirar, especialmente para niños, personas mayores y quienes tienen problemas respiratorios. Esto también es daño ambiental, social y humano”, expresaron en redes.
El fallo de Ramallo ha animado a la comunidad del Bajo Cementerio por lo que consignaron, siempre procurando que sus derechos no sean vulnerados. “Nos da fuerza para seguir exigiendo que la Justicia escuche nuestro reclamo”, indicaron.
En Ramallo la iniciativa estuvo a cargo de otra agrupación: El Tonelero no se toca. El juez Fernando Enghelmayer ordenó a Naviera Lojda S. A. al “cese inmediato y definitivo de toda actividad desarrollada por la emplazada en la zona de los bañados y humedales lindantes”.
A partir de este fallo, la empresa deberá emprender las acciones correctivas, que son la recomposición del daño ambiental, “las necesarias para reestablecer el ecosistema alterado a su estado anterior”, en un plazo máximo de un año, bajo la estricta supervisión y contralor del Ministerio de Ambiente de la provincia de Buenos Aires.
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